El cambio de titularidad del coche entre cónyuges en gananciales no tributa por Transmisiones ni por Donaciones
El cambio de titularidad de un vehículo entre los cónyuges, adquirido en sociedad de gananciales no queda sujeto ni al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) ni al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), puesto que no hay ninguna transmisión y el dueño sigue siendo la sociedad de gananciales, según responde la Dirección General de Tributos (DGT) en respuesta a una consulta vinculante, de 30 de junio de 2023.
En caso de que la Dirección General de Tráfico exija la...